Una propuesta que todavía debe atravesar la Legislatura
La Cámara de Diputados bonaerense recibió un proyecto para ampliar la regulación de las apuestas en línea. La iniciativa, impulsada por Facundo Tignanelli y Micaela Olivetto, propone controles de identidad más exigentes, límites operativos, nuevas reglas de publicidad, aportes económicos y herramientas judiciales contra plataformas clandestinas. Su presentación abre un debate legislativo: no significa que esas obligaciones ya estén vigentes ni que exista una fecha cierta de aprobación.
La información publicada por LA NACION señala que el bloque promotor busca iniciar el tratamiento en comisiones y aprobarlo antes de fin de año. Ese objetivo es político, no un cronograma aprobado. El texto deberá obtener dictámenes, superar la votación de ambas cámaras y, si se convierte en ley, ser promulgado y reglamentado antes de que varios mecanismos puedan aplicarse.
Qué cambiaría en el acceso a las cuentas
Uno de los ejes es la verificación biométrica facial en tiempo real. El proyecto prevé comprobar identidad y mayoría de edad al abrir una cuenta, iniciar sesión, depositar o retirar dinero y efectuar apuestas que superen el monto que determine una futura reglamentación. Las cuentas serían personales e intransferibles. La finalidad declarada es impedir el uso por terceros y reducir el acceso de menores, uno de los puntos más sensibles de la actividad.
La eficacia dependerá de la implementación. Un sistema biométrico necesita criterios sobre conservación de datos, seguridad, proveedores, errores de identificación y vías de reclamo. El proyecto aporta momentos de control, pero la reglamentación deberá definir estándares y responsabilidades. También deberá compatibilizar la prevención con la protección de datos personales: pedir más pruebas de identidad no elimina el deber de limitar su uso y resguardar la información.
Límites de tiempo, depósitos e incentivos
La propuesta habilita topes a los depósitos y ordena el cierre automático de la sesión cuando se cumpla una hora de apuestas, con una hora adicional de impedimento para volver a ingresar. Además, prohíbe bonos, recompensas e incentivos destinados a inducir, promover o prolongar la actividad. Son medidas pensadas para cortar dos mecanismos de captación: la continuidad sin pausas y la promesa de beneficios asociados a seguir apostando.
Su alcance real dependerá de cómo se calculen los límites y de si el control puede evitar que una misma persona use varias plataformas. Un tope por operador no produce el mismo efecto que uno integrado. Tampoco está resuelto por la sola ley cómo se identificará una conducta problemática. El límite temporal funciona como barrera general; la asistencia sanitaria requiere equipos, derivación y seguimiento, dimensiones que el proyecto busca financiar mediante un fondo específico.
Publicidad: autorización y restricciones
Toda campaña debería contar con autorización previa del Instituto Provincial de Lotería y Casinos. Quedaría prohibida la publicidad dirigida a menores o difundida en plataformas destinadas principalmente a niños. La comunicación tendría que identificar la actividad como “apuestas en línea” y no podría presentarla como juego recreativo. El texto también alcanza promoción y patrocinio, una definición relevante por la presencia de operadores en camisetas, transmisiones y eventos deportivos.
El proyecto plantea que las empresas aporten un monto equivalente al ciento por ciento de lo invertido en publicidad, promoción y captación. Esos recursos formarían el Fondo Provincial para el Cuidado de la Salud Mental y la Atención de la Ciberludopatía: setenta por ciento se distribuiría entre municipios y treinta por ciento quedaría en el Ministerio de Salud provincial. La base de cálculo y los mecanismos de fiscalización necesitarán precisión reglamentaria.
El aporte sobre premios y su destino
Otro componente es un aporte mensual del tres por ciento sobre los premios obtenidos en las modalidades en línea. Según la iniciativa, el dinero financiaría entidades de bien público y deporte: ochenta y cinco por ciento para asociaciones civiles, clubes de barrio, sociedades de fomento, centros culturales y centros de jubilados sin fines de lucro; el resto para becas de atletas de alto rendimiento.
La redacción final deberá aclarar quién soporta económicamente ese aporte, cómo se retiene y qué se entiende por “premios obtenidos”. Esa distinción importa para saber si el gravamen recae sobre el operador, sobre el usuario o sobre el flujo total de pagos. También será necesario publicar criterios de reparto y controles para que la asignación de fondos pueda auditarse.
Sanciones y sitios clandestinos
Según el contenido del proyecto reproducido por LA NACION —cuyo expediente primario no estaba accesible públicamente al cierre de esta nota—, la sanción más severa prevista para un operador autorizado es la revocación de la licencia cuando participe un menor debido a fallas en la identificación o el control de edad. Para la oferta ilegal se propone una fiscalía especializada y un procedimiento que permitiría a un juez disponer en seis horas el bloqueo de sitios y aplicaciones, la suspensión de medios de pago, el retiro de publicidad y la clausura preventiva de establecimientos.
La provincia ya cuenta con un marco para apuestas digitales dentro de la Ley 15.079 y su reglamentación. La nueva iniciativa intenta añadir controles y destinos sociales, pero su contenido puede cambiar durante el debate. Lo comprobable hoy es la propuesta presentada. Los efectos sobre usuarios, operadores y clubes solo podrán evaluarse cuando exista un texto sancionado, reglamentación y capacidad efectiva de fiscalización.


