Una regla de 1.500 kilómetros para evitar una falla simultánea
La continuidad digital del Estado tiene una medida concreta: el centro de datos alternativo debe ubicarse dentro de la Argentina y a una distancia mínima de 1.500 kilómetros del sitio principal. La exigencia figura en la Disposición 1/2026 del Centro Nacional de Ciberseguridad, publicada el 13 de mayo de 2026, y busca reducir la posibilidad de que un mismo desastre regional deje fuera de servicio a la infraestructura principal y a su respaldo.
La distancia no funciona sola. El reglamento también exige al menos dos enlaces de comunicaciones independientes, capacidad energética de emergencia, recursos de cómputo suficientes y procedimientos de recuperación definidos. El objetivo no es conservar una copia aislada, sino disponer de un entorno desde el cual restablecer sistemas, datos y servicios críticos.
El lugar de Diego Kravetz dentro de la SIDE
Diego Kravetz ocupa la Subsecretaría de Operaciones de la Secretaría de Inteligencia de Estado. La página institucional de la SIDE lo identifica dentro de sus autoridades y describe al organismo como productor de inteligencia para reconocer riesgos, amenazas y oportunidades que puedan afectar los intereses estratégicos del país y la toma de decisiones del Poder Ejecutivo.
Dentro de esa estructura, la Agencia Federal de Ciberinteligencia produce conocimiento sobre actores, hechos, riesgos y amenazas del ciberespacio y del espacio radioeléctrico que puedan comprometer la seguridad nacional, las infraestructuras críticas digitales, el patrimonio estatal, la soberanía tecnológica o la integridad de la información. Esa tarea consiste en obtener y analizar información para advertir y orientar decisiones. No equivale al mantenimiento cotidiano de servidores ni a la recuperación operativa de un sistema caído.
La distinción delimita el papel de Kravetz. Integra la conducción operativa de la SIDE, pero el Centro Nacional de Ciberseguridad no depende de su subsecretaría. La producción de inteligencia y la administración de la contingencia técnica se conectan, aunque responden a autoridades y competencias diferentes.
El Centro Nacional de Ciberseguridad dirige la protección técnica
El Decreto 941/2025 creó el Centro Nacional de Ciberseguridad como organismo descentralizado en la órbita de la Secretaría de Innovación, Ciencia y Tecnología de la Jefatura de Gabinete. Le asignó funciones de planificación, prevención, respuesta a incidentes y recuperación, además de la elaboración de lineamientos para proteger sistemas estatales, infraestructura crítica y servicios públicos esenciales.
La norma incorporó al Centro a la Comunidad Informativa Nacional, dirigida por la SIDE para articular el intercambio de información útil. Esa integración funcional no cambia la autonomía ni la relación jerárquica de los organismos participantes. Compartir datos sobre amenazas no coloca al Centro bajo la conducción administrativa de la SIDE ni traslada a inteligencia la responsabilidad de ejecutar un plan de recuperación.
El reglamento de contingencia fue firmado por Ariel Waissbein, director ejecutivo del Centro. Sus obligaciones alcanzan a los sujetos del Sector Público Nacional comprendidos por la Ley 24.156 que utilicen centros de datos o infraestructura de tecnología de la información. No establece automáticamente la misma exigencia para cualquier empresa privada.
Detectar una amenaza, proteger un sistema y recuperar un servicio
El reparto de funciones permite ordenar tres preguntas distintas. La inteligencia busca saber qué actor, riesgo o amenaza puede afectar al país y producir conocimiento oportuno. La ciberseguridad técnica procura reducir vulnerabilidades, coordinar la respuesta y definir estándares. La continuidad operativa establece qué sistemas deben volver primero, quién activa la recuperación y con qué recursos se sostiene el servicio mientras el entorno principal no está disponible.
Una organización puede conservar correctamente sus archivos y, sin embargo, no disponer de otro lugar desde el cual utilizarlos durante una emergencia. También puede contar con un centro alternativo, pero fallar si ambos sitios dependen de la misma ruta de comunicaciones o de una infraestructura regional común. Por eso la regla combina distancia geográfica, enlaces independientes, energía, capacidad y procedimientos.
Los planes deben identificar responsables, contactos de emergencia, prioridades de restauración, objetivos de tiempo y punto de recuperación y procedimientos para escenarios diferentes. La disposición exige pruebas integrales al menos una vez al año, con informes de resultados y medidas correctivas. La existencia de un documento no demuestra por sí sola que la recuperación funcionará: esa capacidad se evalúa durante los ejercicios y ante incidentes reales.
Las capacitaciones llevaron la norma a los organismos públicos
El 6 y el 12 de agosto de 2026, el Centro reunió a representantes de todos los ministerios y de Presidencia para trabajar sobre políticas de contingencia e inventarios de sistemas. Las jornadas oficiales de capacitación fueron encabezadas por Waissbein y el subdirector ejecutivo Ezequiel Gutesman, y formaron parte del proceso de implementación de la Disposición 1/2026.
Esos encuentros documentan una etapa de preparación. El reglamento concedió 180 días desde su entrada en vigencia para adecuar infraestructuras, políticas y planes, presentar información sobre el centro alternativo y acreditar una prueba inicial de conmutación. A comienzos de octubre, ese proceso de adaptación continuaba abierto.
Para las personas que dependen de un servicio estatal, la arquitectura institucional se traduce en una consecuencia sencilla: que una interrupción no se prolongue porque la amenaza fue advertida, pero nadie había definido quién debía restaurar el sistema. La SIDE, el Centro Nacional de Ciberseguridad y los responsables de cada infraestructura cumplen funciones complementarias. La eficacia se mide cuando la información llega a tiempo, la protección reduce el impacto y el servicio logra volver a funcionar.


